Código ético
CÓDIGO DE CONDUCTA DE PLASFOC
El presente Código de Conducta establece los criterios de actuación y los principios éticos que han de regir en el desempeño de las responsabilidades profesionales de todos los trabajadores del Grupo Plasfoc (también designado como la “Sociedad”).
A tal efecto se entenderá por “Grupo” el conjunto de sociedades que respecto a PLASFOC esté en alguna de las situaciones expuestas en el artículo 42 del Código de Comercio.
Este código se ha elaborado teniendo en cuenta los diez principios del PACTO MUNDIAL de NACIONES UNIDAS así como los puntos más relevantes de la legislación española al respecto.
Este código debe ser aplicado junto con el resto de la normativa de la Empresa, a fin de que se procure un comportamiento profesional, responsable y ético. A tal efecto, a continuación, se definen los principios y valores que deben regir en las relaciones de Grupo Plasfoc con sus empleados, clientes, socios, proveedores y terceros.
OBJETIVO
- Proporcionar el conocimiento para la aplicación de la cultura empresarial de Grupo Plasfoc, basada en el cumplimiento de los derechos humanos, sociales y laborales, y en la integración de todos sus empleados.
- Los principios de prevención, detección y erradicación de aquellas conductas irregulares, para que cualquiera que forme parte de la empresa las pueda denunciar y contribuya a eliminarlas. Así como la definición de las responsabilidades y procedimientos a seguir, la formación de los empleados y el análisis de riesgos.
- Principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas (generalmente conocido como Compliance).
INFORMACIÓN DETALLADA
El presente Código Conducta es de aplicación a los miembros de los órganos de administración y a todos los empleados de Grupo Plasfoc.
El Código será notificado personalmente a todos los empleados de Grupo Plasfoc, quienes deberán asumir por escrito su cumplimiento. La obligación de su cumplimiento será recogida expresamente en los contratos de trabajo de los empleados, a quienes les será entregada copia del mismo, así como les serán notificadas todas las modificaciones periódicas que se produjeran por los diversos canales de comunicación interna que la compañía considere convenientes.
Igualdad de oportunidades y no discriminación por género, orientación sexual, etc.
Los empleados de la Sociedad son seleccionados y retribuidos de acuerdo con su formación, conocimientos, aptitud, experiencia, potencial y aspiraciones personales. Con ello Grupo Plasfoc pretende conseguir un equipo de profesionales competentes y motivados para alcanzar sus objetivos.
Por ello, la Sociedad proporciona las mismas oportunidades para acceder a los puestos de trabajo sin importar la edad, género u orientación sexual, estado civil, raza, origen étnico o nacionalidad, religión, discapacidad o enfermedad. En los procesos de promoción y selección de personal no se tendrán en cuenta dichas características y se escogerá con la mayor rigurosidad y objetividad posible, con el objetivo de encontrar a un empleado acorde con el puesto de trabajo disponible.
Grupo Plasfoc no contrata a nadie menor de 16 años.
Respeto a las personas y clima de trabajo positivo.
En todos los niveles profesionales dentro de la Sociedad se promueve unas relaciones basadas en el respeto para conseguir un buen ambiente laboral. Por consiguiente, queda prohibido todo tipo de abuso, acoso, falta de respeto, intimidación y agresión física o psicológica en todos los niveles profesionales.
Se entenderá como acoso cualquier lenguaje ofensivo, así como cualquier comportamiento intimidante o comentario degradante. Si la persona que recibe este tipo de acciones se siente acosada no importará la no intencionalidad de la persona que actúe de esta forma. Nadie deberá sentirse incómodo en su puesto de trabajo y todos los empleados deberán velar por ello.
Asimismo, se prohíbe cualquier acto de violencia o intimidación, tanto verbal (como amenazas, agresiones verbales o intimidación), como física. La política de la Sociedad es tolerancia cero con la violencia tanto en las instalaciones de la empresa como en los empleados que desarrollen su actividad fuera de ella.
Todos los trabajadores están obligados a mantener un clima de trabajo positivo y advertir a sus superiores si se produce alguna de las situaciones anteriormente descritas.
Conciliación del trabajo y la vida personal
Con el fin de mejorar la calidad de vida de sus empleados y de sus familias, Grupo Plasfoc promoverá un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, ayudando a los empleados a conciliar sus tareas profesionales con su vida personal y familiar en la medida de lo posible.
Prevención de riesgos laborales
La seguridad de sus trabajadores es uno de los objetivos fundamentales para Grupo Plasfoc. Por esta razón, siempre se está en constante búsqueda para mejorar cada día las condiciones de trabajo. El entorno de trabajo siempre debe ser seguro y confortable para todos, tanto empleados como clientes.
Todos los trabajadores deberán respetar las medidas de seguridad impuestas por la empresa, así como atender a la formación proporcionada y llevarla a cabo. Con ello, se certificará la seguridad de los trabajadores y se conseguirá el bienestar de todos.
Salud del trabajador y vigilancia de la salud
Queda prohibido trabajar bajo los efectos del alcohol o de las drogas ya que se crea un riesgo para uno mismo y para los que está alrededor, ya sean clientes o compañeros de trabajo. Quedan prohibidas todas aquellas sustancias que alteren o puedan alterar los sentidos de la persona.
Asimismo, se prohíbe la venta o distribución ilegal de las mismas en el trabajo tanto en sus instalaciones como fuera de ellas. Por último, la empresa recomienda realizar una revisión periódica y tratará de facilitar siempre que sea posible el que éste tipo de revisiones se lleven a cabo.
Protección del medio ambiente
La Sociedad cumple con la normativa vigente en materia social y ambiental. Por esa razón, los empleados deberán conocer y actuar en todo momento acorde con dicha política y adoptar hábitos y conductas relacionadas con las prácticas medioambientales.
Los empleados deberán hacer un uso eficiente de las instalaciones, medios de trabajo y equipos que están a su disposición para minimizar el impacto medioambiental.
Los empleados deberán transmitir estos principios y exigir el cumplimiento de los mismos a los terceros con los que se relacionen, como empresas colaboradoras, proveedores, etc.
Derechos colectivos
Los empleados de acuerdo con la normativa laboral tienen reconocido el derecho de sindicación, libertad de asociación y negociación colectiva, así como, de formar parte de organizaciones que representen a los trabajadores. Con ellas, se mantendrá una relación respeto, con un dialogo abierto para promover la estabilidad laboral.
No competencia
Los empleados no podrán prestar servicios profesionales a empresas competidoras, ni a clientes finales o potenciales.
Compromiso con el aprendizaje continuo y la responsabilidad con la Sociedad
Los trabajadores velarán para el beneficio de la Sociedad así como de su crecimiento, siempre buscando el interés de todos y no centrándose en el beneficio propio exclusivamente.
Del mismo modo, deberán alcanzar la capacitación y la formación necesaria para efectuar de forma idónea sus funciones.
Todos los empleados de Grupo Plasfoc deben cumplir con la legislación vigente y con la normativa interna de la Sociedad. La aplicación del Código nunca supondrá el incumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
También tienen la obligación de cumplir con los procedimientos propios de la empresa y con las instrucciones que puedan aprobarse en su desarrollo.
Grupo Plasfoc pondrá los medios necesarios para que cada uno de sus empleados conozca y comprenda la normativa interna y externa necesaria para el buen funcionamiento y el correcto desempeño de sus funciones.
En caso de incumplimiento del Código de Conducta, Grupo Plasfoc cuenta con un canal y con unos procedimientos para notificar y denunciar, de forma confidencial, cualquier acción irregular que vulnere alguno de los principios regulados en el Código de Conducta.
La Sociedad se compromete a relacionarse con los proveedores de forma ética, honesta y respetuosa. Se seleccionarán por criterios objetivos, siempre anteponiendo el interés de la Empresa y valorando las mejoras de las condiciones.
Siempre deberán seleccionarse aquellos que tengan y se rijan unos principios éticos y responsables. Deberán estar comprometidos con los derechos humanos y laborales de los trabajadores. Nunca será aceptada por Grupo Plasfoc la vulneración de cualquiera de estos principios.
Igualmente, la Sociedad se compromete a no ofrecer ni aceptar ningún regalo, favor o dádiva, de ningún tipo que puedan influir en la selección de algún proveedor.
El trato con los clientes deberá ser respetuoso y honesto, teniendo en cuenta la diversidad cultural de cada persona, prohibiendo todo tipo de discriminación. Deberán presentarse los servicios de forma objetiva, sin falsear las características o condiciones. Se prohíben todas aquellas prácticas desleales o fraudulentas, de igual modo toda aquella información falsa o engañosa que pueda inducir a error a los clientes.
Siempre se deberán cumplir las promesas y acuerdos comerciales pactados con el cliente, y deberán realizarse por escrito.
Siempre serán utilizados métodos legítimos con los competidores de Grupo Plasfoc, con un trato de total respeto. Se respetará siempre la información confidencial, además de los derechos de propiedad intelectual.
Grupo Plasfoc se compromete al respeto a la libre competencia y al cumplimiento de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia de 3 de julio de 2007 y a cualquier normativa de esta materia ya sea española o de la Unión Europea. De este modo, el empleado queda obligado a colaborar en el cumplimiento de dicha normativa y tiene prohibida cualquier forma de colaboración de forma activa, pasiva o por omisión en acciones que la vulneren, como por ejemplo acuerdos de precios con la competencia, repartos de mercado o fijación de precios a proveedores o distribuidores.
Grupo Plasfoc se compromete a no realizar, ni colaborar, ni aceptar ningún tipo de soborno o corrupción. De este modo, el empleado tiene prohibido ofrecer, pagar, solicitar o aceptar sobornos o dádivas, incluidos el cohecho y los pagos realizados con el objeto de facilitar, agilizar o acelerar trámites administrativos.
A raíz de la relación laboral, el empleado conocerá datos de los clientes, proveedores o socios de los que deberá guardar silencio. Solamente podrá facilitar dicha información para el desempeño de su actividad profesional para Grupo Plasfoc, prohibiéndose utilizarla en beneficio propio o de terceros.
Con carácter general, a no ser que se establezca lo contrario, todo documento o información relacionada con los clientes será tratada con total confidencialidad y únicamente se trasladará si el cliente lo autoriza expresamente. Del mismo modo, se deberá proteger aquellos datos relacionados con los empleados de la empresa y sus socios.
La obligación de confidencialidad permanecerá una vez se termine la relación laboral con Grupo Plasfoc e integrará la obligación de devolver cualquier material relacionado con la compañía que tenga en su poder el empleado en el momento del cese de su relación laboral.
Tanto los clientes como los empleados deberán autorizar la finalidad de dichos datos, por otro lado, el personal seguirá unos procedimientos concretos para el acceso y almacenamiento de los mismos, que garantizaran su seguridad.
Los trabajadores de Grupo Plasfoc deberán respetar aquella información personal y familiar de cuyos datos tengan acceso. Siempre deberán velar por el buen tratamiento de la información y de los datos y documentos aportados.
Los datos serán tratados de forma restrictiva, por esta razón únicamente recabarán aquéllos que sean necesarios. Siempre se garantizará que el tratamiento informático es seguro y exacto, respetando el derecho a la intimidad de las personas.
Por todo ello, no todos los trabajadores podrán acceder a dichos datos, solamente podrán en la medida que lo necesiten para desempeñar su trabajo.
Se deberá hacer un uso adecuado tanto de internet como del correo electrónico profesional, siempre con fines comerciales autorizados.
La Sociedad se reserva el derecho a controlar y registrar el contenido del correo electrónico siempre que haya indicios de que se está utilizando de forma fraudulenta.
Los empleados no harán uno de los equipos informáticos o de telecomunicaciones de la empresa para instalar o descargar aplicaciones, contenido o programas cuya utilización sea ilegal o que contravenga las normas de la compañía.
Grupo Plasfoc se compromete a la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y ajena. La propiedad intelectual incluye invenciones, patentes, marcas, logotipos, derechos de autor y secretos comerciales.
De ahí, la política de Grupo Plasfoc con la adopción de medidas necesarias para proteger la propiedad intelectual e industrial y así asegurar que ningún tercero sin autorización pueda utilizarlo.
La propiedad intelectual incluye el trabajo de los empleados, por consiguiente será propiedad de Grupo Plasfoc todo trabajo que se genere con los recursos o información de la empresa, así como aquello que cree a raíz de las obligaciones que el trabajador debe desempeñar.
A fin de garantizar el cumplimiento del presente Código, el comité de Dirección de la compañía verificará de forma periódica (al menos una vez al año) que todos los empleados de Grupo Plasfoc lo están llevando a cabo. Además, podrá actuar por iniciativa de cualquiera de sus miembros o a instancia de cualquier empleado de la Empresa, proveedor o un tercero que tenga relación directa.
Todo empleado de Grupo Plasfoc que tenga conocimiento de la comisión de un acto que incumpla este Código de Conducta o la normativa interna de la empresa deberá comunicarlo a través del canal de denuncia.
El Canal denuncia es el buzón de correo electrónico de cumplimiento y podrán utilizarlo los trabajadores, clientes y proveedores. El Comité de Cumplimiento garantizará que toda comunicación hecha en dicho canal sea de confidencial.
Está totalmente prohibido tomar alguna represalia con algún empleado que haya formulado una denuncia. La prohibición de las represalias no impedirá la adopción de medidas disciplinarias cuando se detecte que la denuncia es falsa y ha ido interpuesta con mala fe.
Las denuncias tendrán un registro que respetará la protección de datos.
El procedimiento a seguir tras recibirse una denuncia será el siguiente: el Comité de cumplimiento analizará la denuncia para observar si prospera o no, si es así iniciará una investigación. Siempre deberá dejar constancia de la recepción de la comunicación, en el caso de no seguir con la investigación deberá anotar los motivos por los cuales no se investigará. Si se recibiera información adicional siempre puede reabrirse una investigación, por lo que las denuncias nunca se archivaran.
El Comité deberá recabar toda la información necesaria para esclarecer el tema. Esta denuncia se podrá realizar de forma anónima, si bien lo deseable sería que se facilitasen los datos del denunciante a fin de facilitar búsqueda y seguimiento de los hechos.
TITULARIDAD, FECHA DE VALIDEZ Y REVISIÓN
- La aprobación de este Código de Conducta corresponde al comité de dirección de la compañía Este documento ha entrado en vigor el 13 de enero de 2020. Su contenido podrá será objeto de revisión anual, realizándose las modificaciones que se consideren pertinentes.
CANAL INTERNO DE COMUNICACIONES
Plasfoc pone a disposición de trabajadores, clientes y proveedores un Canal Ético para denuncias. El Comité de Cumplimiento será el encargado de registrar, gestionar y procurar que toda comunicación hecha en dicho canal sea confidencial.
Puede encontrar más información sobre el sistema de información interno de PLASFOC y el tratamiento que realiza de los datos personales que se incorporen a las comunicaciones o que se generen como consecuencia de su tramitación aquí: